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Accidente
Es el acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad.
Agente de Ventas
Las personas naturales o jurídicas que se dedican a la comercialización o venta de seguros por cuenta de una compañía, estando vinculado con dicha entidad mediante un contrato de trabajo o prestación de servicios.
Agravación de Riesgos
Es la modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o el asegurado deberán, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador todas las circunstancias que agraven el riesgo.
Ajustador de Siniestros
Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, que se encarga de evaluar la ocurrencia de los siniestros y sus circunstancias, determinando si estos se encuentran o no amparados por la póliza y el monto de la indemnización que corresponda pagar al asegurado o beneficiario en su caso.
Asegurable
Persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
Asegurado
Es el titular del interés asegurado, o la persona que está expuesta al riesgo de pérdida sobre ella misma, sus bienes o intereses económicos. Persona que mediante el pago de una prima traspasa el riesgo que recae sobre ella a una compañía aseguradora. Cuando contrata el seguro pasa a tener la doble calidad de Asegurado o contratante del seguro.
Asegurador
Es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Banca y Seguros, cambio de una prima.
Autoseguro
Situación en la que una persona, natural o jurídica, soporta con su patrimonio las consecuencias económicas derivadas de sus propios riesgos, sin intervención de ninguna empresa de seguros.
Avería Gruesa
Daño producido intencionadamente en un buque o en las mercancías que transporta para evitar otros mayores en el propio buque o en su carga. Su cuantía se distribuye proporcionalmente entre las partes beneficiadas de esa conducta intencionada (dueño del buque, propietario de las mercancías, asegurador, fletador, etc.).
Avería Particular
Daño producido accidentalmente en un buque o en su carga. Su cuantía, al contrario de lo que sucede en la avería gruesa, sólo afecta al propietario (o asegurador) de los bienes dañados.
Aviso o Denuncia de Siniestro
Documento o comunicación por el que el asegurado informa a su asegurador la ocurrencia de determinado hecho o accidente.Beneficiario
Persona a cuyo favor se toma el seguro. Técnicamente se denomina así a la persona que ostenta el derecho a percibir la prestación indemnizatoria del Asegurador.
Broker
Término anglosajón que es sinónimo de corredor de seguros o reaseguros.
Buena Fe
Principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad, no interpretando arbitrariamente el sentido recto de los términos convenidos, ni limitando o exagerando los efectos que naturalmente se derivarían del modo en que los contratantes hayan expresado su voluntad y contraído sus obligaciones.
Para el asegurado este principio supone el debido cumplimiento de sus derechos y obligaciones, tales como describir total y claramente la naturaleza del riesgo asegurable, a procurar evitar la ocurrencia del siniestro, intentar disminuir las consecuencias del siniestro una vez producido, pagar la prima, etc. Para el asegurador significa otorgar una información exacta de los términos en que se formaliza el contrato, e indemnizar el siniestro de érminos convenidos, etc.
Burning Cost
Expresión inglesa que se utiliza para designar el sistema que normalmente se utiliza para calcular y determinar con aproximación el tipo de prima que un asegurador directo debe pagar a su reasegurador en virtud de un contrato de exceso de pérdida, consistente en comparar las primas recaudadas durante varios años precedentes por la aseguradora directa en el ramo al que vaya a aplicarse la cobertura de reaseguro, con el importe de los siniestros que hubieran sido durante esos mismos años a cargo del reasegurador, caso de haber existido en tales ejercicios una cobertura de reaseguro análoga a la que se pretende aplicar.Cálculo de Probabilidades
Manifestación de la técnica actuarial y base de la Ley de los Grandes Números, por la que, a través de métodos estadísticos, puede establecerse con relativa exactitud el grado de probabilidad de que se produzca determinado úmero de casos posibles (riesgos).
Capa Compleja
Conjunto de intervenciones de salud de menor frecuencia y mayor complejidad que no se encuentran en el anexo 1 http://www.seps.gob.pe/definiciones/anexo1.htm del Reglamento de la Ley 26790 aprobado mediante el Decreto Supremo N 009-97-SA. (EPS).
Capa Simple
Conjunto de intervenciones de salud de mayor frecuencia y menor complejidad detallada en el Anexo 1 http://www.seps.gob.pe/definiciones/anexo1.htm del Reglamento de la Ley 26790 aprobado mediante Decreto Supremo N 009-97-SA (EPS).
Capital Asegurado
Valor atribuido por el titular de un contrato de seguro, a los bienes cubiertos por la póliza, este monto es la cantidad máxima que está
Cláusulas Adicionales
Son aquellas cláusulas accesorias a uno o más textos de pólizas determinados, que permiten extender o ampliar las coberturas comprendidas en las condiciones generales de un texto registrado, incluyendo riesgos no contemplados o expresamente excluidos, o eliminando restricciones, condiciones u obligaciones que afecten o
Cláusulas Generales
Son aquellas cláusulas que por su naturaleza, tipo o finalidad permiten su uso común o general en los distintos modelos de pólizas registrados que no contengan tal estipulación específica, tales como reglas de solución de dificultades o controversias, resolución de contrato por no pago de áusula de acreedor prendario o hipotecario.
Cláusula de Indisputabilidad
Cláusula de un contrato de seguro estipulado que, por ciertas razones, tales como manifestaciones erróneas en la solicitud o en las pruebas médicas, la compañía puede anular la póliza después de que esta entrado en vigor. Es la calidad jurídica del seguro de vida que lo hace irrescindible por causa de error en la declaración de asegurabilidad. También se conoce esta cláusula con el nombre de incontestabilidad. El efecto jurídico consiste en que el contrato no será rescindido si han transcurrido dos años desde la fecha de su celebración, aunque haya habido error u omisión en las declaraciones, haciéndose extensivo aun ños.
Cláusula de Incapacidad
Una Cláusula que aparece en muchas pólizas especificando el término y los beneficios que se proveen en el caso que el asegurado quede incapacitado, total y definitivamente, por enfermedad o accidente. En el Seguro Contra Accidentes Personales, se denomina así a la imposibilidad de una persona para que pueda ejercer sus funciones normales. Puede distinguirse diversos tipos de incapacidad, que a su vez dan lugar a distintas indemnizaciones. Así tenemos: Por su duración, la incapacidad puede ser temporal o permanente. Por su importancia y extensión, la incapacidad puede ser total o parcial, pudiendo distinguirse la incapacidad total para el trabajo habitual o la incapacidad total para todo tipo de trabajo. En los Seguros de vida, la incapacidad puede ser causada por enfermedad o accidente y casi
Cláusula de Valor Convenido
Estipulación que se inserta en una póliza, mediante la cual se atribuye al objeto asegurado un determinado valor cuyo importe será el que deba satisfacer el asegurador en caso de siniestro, sin aplicación de la regla proporcional. Como ejemplo, podría citarse el seguro de daños de un cuadro de un pintor famoso cuyo valor se conviene entre el asegurador y el tomador del seguro, ante la dificultad de determinarlo de un modo objetivo. Un ejemplo específico de valor convenido se da en el seguro a primer riesgo.
Coaseguradores
Compañías aseguradoras que participan en coaseguro.
Cobertura
Compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un
Comienzo y Fin de la Cobertura
Salvo pacto en contrario, la responsabilidad del asegurador comienza a las 12 horas del día en el que se inicia la cobertura y termina a las 12 horas último día del plazo establecido.
Condiciones Particulares
Se refieren específicamente al riesgo individualizado, materia del seguro. Por ejemplo: nombre y domicilio del asegurado y/o beneficiario, identificación del objeto asegurado, monto de la prima, duración del contrato, etc. Son aquellos aspectos del contrato que están sujetos a ón de las partes.
Condiciones Generales
Son las cláusulas de los contratos tipo que deben utilizar las entidades aseguradoras en la contratación de los seguros, que contienen las regulaciones y estipulaciones mínimas por las que se rige el contrato respectivo, tales como, riesgos cubiertos y materias aseguradas, exclusiones de cobertura, derechos, obligaciones y cargas del contrato,
Contratante
Es la persona que contrata el seguro con el Asegurador. Generalmente en los seguros individuales el tomador contrata el seguro por cuenta propia, uniéndose así en una persona dos figuras o calidades (Contratante y Asegurado). Por el contrario, el seguro es por cuenta ajena cuando el tomador o contratante es distinto del Asegurado; esta situación es típica en los
Contrato de seguro
Contrato mediante el cual una parte se obliga, por una prima a indemnizar las pérdidas o los perjuicios que puedan sobrevenir a la otra parte en casos determinados, fortuitos o de fuerza mayor, o bien, a pagar una suma determinada de dinero, según la duración o las eventualidades de ón de una persona.
Corredor de Seguros
Persona jurídica, autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, responsable de la intermediación de seguros y del asesoramiento en su contratación, con cualquier compañía de seguros, ofreciendo las condiciones más convenientes a los intereses del asegurable, asistiendo ón del mismo y al momento del siniestro.
Corredor de Reaseguro
Son aquellos auxiliares del comercio de seguros que intermedian las ñías de seguros hacen a las reaseguradoras.
Cotización de seguro
Ofrecimiento efectuado por el asegurador directamente, o a través de un corredor de seguros, en que propone a una persona determinada o al público en general las condiciones y términos del contrato de seguro para la
Cuestionario
Conjunto sistematizado de preguntas sometido a la consideración de una persona para conocer, a través de las sucesivas respuestas que se den, los datos o circunstancias del asunto a que tales preguntas estén referidas. Ello es utilizado frecuentemente para facilitar al ón del riesgo que se pretende asegurar.
Cut-Off
Término inglés utilizado par designar la liberación de responsabilidades de una reaseguradora en un contrato, mediante el pago a la cedente de un porcentaje, acordado entre ambas, sobre la Reserva de Primas y Siniestros Pendientes, a una fecha determinada.
Declaración Personal de Salud
Manifestación del asegurado en la propuesta o solicitud de seguro de su condición y estado de salud y enfermedades preexistentes para que el asegurador decida sobre la aceptación y tarificación del riesgo. La omisión, falsa declaración o reticencias dan opción al asegurador para liberarse de sus obligaciones y rechazar el pago del siniestro.
Deducible
Es la suma de dinero o fracción porcentual, establecida en las Condiciones Particulares de la póliza, que siempre será de cargo del asegurado en caso de siniestro. De tal modo, que cuando se haya contratado alguna cobertura con deducible, la compañía será responsable sólo de la cantidad que lo exceda.
Duración del seguro (Vigencia)
Es el período durante el cual el asegurador toma bajo su cargo los riesgos cubiertos por la póliza. Se encuentra mencionado en las condiciones particulares de la póliza.
E.M.L.
Siglas del término inglés “Estimated Maximun Loss” (siniestro máximo estimado). Valor monetario máximo de un siniestro que podrían soportar los aseguradores en un solo riesgo y que el reasegurador considera que entra dentro de lo probable.
Edad Actuarial
En el Seguro de Vida, edad del asegurado a efectos de tarificación del riesgo. Se obtiene tomando como edad la correspondiente a la fecha de aniversario más cercana (anterior o posterior) al momento de contratar el seguro.
Edad Límite
Es la máxima o mínima edad preestablecida para contratar o renovar una póliza existente en determinados seguros.
Endoso
Documento que tiene por misión modificar, en cualquiera de sus partes, una póliza vigente.
Entidades Prestadoras de salud EPS
Estas se crean bajo el amparo de la Ley 26790, que permite a las mismas complementar los servicios de atención para la salud que viene prestando ESSALUD al régimen contributivo.
Las EPS son empresas privadas, que brindan servicios de atención para la salud, con infraestructura propia y de terceros, sujetándose a la regulación de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS).
Exclusiones
Son las circunstancias o hechos exceptuados de cobertura, y que se encuentran taxativamente enunciados en la póliza.
Franquicia
Cantidad hasta la que el asegurador queda libre de indemnizar, siendo a cargo del asegurado el importe total del siniestro. Caso que el siniestro excediera de la franquicia pactada, el asegurador indemnizará la totalidad del mismo. En el Perú no se utiliza, las pólizas en nuestro mercado consignan deducible.
Formación Laboral
Este Seguro debe contratarlo el Empleador y es de carácter obligatorio para los trabajadores comprendidos en la Ley de Formación y Promoción Laboral y Prácticas Pre-Profesionales. Esta Póliza de seguro ampara los gastos médicos por enfermedad y accidentes y cobertura por Muerte e Invalidez Permanente por accidente del personal temporal cuyas edades se encuentren entre los 16 y 25 años.
Hurto
Apropiación de una cosa ajena, con ánimo de lucro, sin emplear fuerza en las cosas, ni intimidación o violencia en las personas. No está cubierto en la póliza de robo.
Indemnización
La cantidad o prestación de cargo del asegurador en caso de siniestro, de acuerdo a las condiciones de la póliza.
Informe de Liquidación
Documento emitido por el ajustador de siniestros dentro del contexto del procedimiento de liquidación de un siniestro, que se pronuncia técnicamente sobre la procedencia de la cobertura y la determinación de la pérdida y la indemnización, si esta procede. Señala el valor real del bien siniestrado y el procedimiento empleado para obtenerlo.
Infraseguro
Existe cuando el monto asegurado no coincide con el valor del objeto, siendo la cantidad asegurada inferior al valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. En este caso se aplica la regla proporcional o prorrateo entre la cantidad asegurada y la que no lo esté.
Inspección
Facultad de control del asegurador respecto a la situación material, legal, técnica y económica de un bien que se desee asegurar.
Interés asegurable
Es la relación económica entre una persona y un objeto que habilita la contratación de un seguro. En los seguros de vida este interés consiste en la conservación de la vida del asegurado. La ausencia de interés asegurable al momento de la celebración del contrato produce la nulidad del mismo.
Liquidación de Siniestro
Procedimiento que se origina por la ocurrencia de un siniestro realizado por el ajustador de seguros y que tiene por objeto fundamental, determinar si el siniestro tiene o no cobertura, determinar el monto de la indemnización que tiene derecho el asegurado o beneficiario a consecuencia del siniestro.
Pérdida Parcial
Es aquella pérdida o deterioro que sufre la cosa asegurada que no causa su pérdida total.
Pérdida Total
Aquella que supone la destrucción completa o la privación irremediable del bien asegurado, o de tal modo que el daño lo hace perder definitivamente la aptitud para el fin a que estaba destinado.
Periodo de Carencia
Período fijado durante el cual el Asegurado paga primas pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada.
Periodo de Espera
Período dentro de la vigencia de la cobertura del contrato de seguros, generalmente comprendido entre el momento inicial en el cual se formaliza la póliza y una fecha posterior predeterminada en el contrato, durante el cual el asegurador no cubre determinados riesgos establecidos en la póliza.
Póliza de Seguros
Documento que contiene las condiciones generales, particulares y especiales que regulan las relaciones contractuales entre le asegurador y el asegurado. Se utiliza como sinónimo de contrato de seguros.
Prima
Valor económico que debe pagar el asegurado o contratante, a la Compañía aseguradora por la cobertura del riesgo que esta le ofrece.
Prima Cedida
Corresponde a aquella parte de la prima total que ha sido cedida a los reaseguradores por su participación en el riesgo.
Prima Pura
Es el costo real del riesgo asumido, sin incluir gastos de gestión externa o interna.
Prima Retenida Neta
Es el total de las primas de los seguros directos contratados por una entidad aseguradora, menos las primas que ha cedido en reaseguro.
Prima Retenida Neta Ganada
Es aquella porción de la prima neta que corresponde al tiempo corrido del plazo de cobertura de los seguros asumidos.
Prima Retenida Neta no Ganada
Es aquella porción de la prima retenida neta que corresponden al tiempo no corrido aún del plazo total de cobertura de los seguros asumidos.
Principio Indemnizatorio
Regla básica en materia de seguros por la cual el valor de la indemnización tendrá su límite en el monto del daño causado, no pudiendo transformarse en objeto de lucro o ganancia para el asegurado.
Reasegurador
Entidad, constituida en conformidad a la ley, que acuerda o acepta una cesión del todo o parte del riesgo asumido por una compañía aseguradora.
Reaseguro
Traspaso o cesión por una compañía de seguros, en consideración al pago de una prima convenida, de todo o parte de los riesgos asumidos por ella, a otra compañía de seguros o específicamente a una compañía que sólo cumple esta función, llamada compañía de reaseguro.
Regla Proporcional o Prorrateo
Fórmula que se aplica en la determinación de la suma indemnizatoria, por la cual, en caso de siniestro parcial y existiendo infraseguro, el daño debe ser liquidado teniendo en cuenta la proporción que exista entre el capital asegurado y el valor real en el momento del siniestro. Ejemplo, si una casa está asegurada por US$. 70,000 y su valor real es US$. 100,000, si la afecta un siniestro de incendio que destruye la mitad del inmueble, la indemnización corresponderá a la mitad de US$. 70,000 y no a la mitad de US$. 100,000.
Rehabilitación
Acto por el que desaparecidas las circunstancias que motivaron la suspensión de efectos de una póliza, las garantías de éstas vuelven a adquirir plena vigencia.
Renovación Automática
Es el acuerdo entre las partes por el cual el seguro se prorroga tácitamente por un nuevo período de vigencia.
Reserva para Riesgo en curso
Las empresas de seguros y las de reaseguros que operen en seguros generales y en seguros de vida, deberán constituir y mantener una reserva para riesgos en curso actualizada que no será inferior a las primas cobradas, deducidas las primas devueltas por anulación o cualquier otra causa, netas de comisión, correspondientes a riesgos no transcurridos.
Reserva de Siniestro pendientes de pago
Las empresas de seguros y las de reaseguros deberán constituir y mantener en la cuantía y forma que determine la Superintendencia de Banca y Seguros mediante normas de carácter general, una reserva para siniestro pendientes de pago, en la cual se incluirán los compromisos pendientes con terceros que hayan cumplido por orden y cuenta de las empresa de seguros compromisos con asegurados o beneficiarios de seguros.
Reservas Matemáticas
Las empresas de seguros y las de reaseguros que operen en ramo de vida individual, deberán constituir y mantener una reserva matemática actualizada, que se calculará de acuerdo con el reglamento actuarial que hayan elaborado para cada tipo de seguro.
Reservas Técnicas
Se consideran reservas técnicas las reservas matemáticas, reservas de riesgos en curso, reservas para siniestros pendientes de pago, reservas para siniestros ocurridos y no reportados, las reservas para riesgos catastróficos y las reservas para reintegro por experiencia favorable.
Reticencia
Toda declaración falsa o no declaración de circunstancias conocidas por el asegurado, aún hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador se hubiese cerciorado del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato.
Riesgo
Es la probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de póliza, o es la amenaza de pérdida o deterioro que afecta o a bienes determinados, o a derechos específicos o al patrimonio mismo de una persona, en su totalidad. También esta amenaza puede gravitar en la vida, salud e integridad física e intelectual de un individuo e importar un peligro de muerte, enfermedad o accidente.
Riesgos No Asegurables
Son aquellos que quedan fuera de la cobertura por parte de las aseguradoras.
Seguro
Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente, en parte o en su totalidad las consecuencias. El seguro no evita el riesgo, resarce al asegurado en la medida de lo convenido, de los efectos dañosos que el siniestro provoca.
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
En virtud de este seguro el asegurador se compromete a pagar al trabajador o a sus beneficiarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, Ley N° 26790, una renta ún corresponda.
Seguro Comprensivo contra Deshonestidad (3D)
Cubre bajo cinco convenios:
Convenio I - Deshonestidad de empleados.
Convenio II - Pérdidas de dinero y/o valores dentro del local.
Convenio III - Pérdidas de dinero y/o valores fuera del local.
Convenio IV - Falsificación de giros postales, libranza, papel moneda.
Convenio V - Falsificación de documentos bancarios.
Se puede otorgar adicionalmente el Riesgo de ``Robo con fractura y/o Asalto de Activo Fijo y Existencias a Primer Riesgo``.
Seguro de Accidentes Personales
Ampara a las personas aseguradas, frente a los riesgos de muerte y lesiones corporales a consecuencia de un accidente.
Seguro de Automóviles
Es aquél que tiene por objeto amparar las pérdidas que pudieran ocasionarse parcial o totalmente al vehículo, por siniestros producidos a consecuencia de accidentes en la circulación, robo, motín y disturbios callejeros, entre otras coberturas. Además de la Responsabilidad Civil, en que incurra de acuerdo con la ley a consecuencia de un accidente.
Seguro de Aviación
La póliza de seguro de aviación proporciona la cobertura adecuada a los riesgos inherentes a la actividad de la aeronavegación, en todas sus facetas.
Seguro de Bancos (B.B.B.)
(Bankers Blanket Bond).
Diseñada especialmente para el sector financiero, este seguro especializado cubre:
Deshonestidad (Infidelidad).- Pérdidas sustentadas por el asegurado por razón de actos deshonestos o fraudulentos por parte de empleados y/o directores asalariados.
Locales.- Pérdida o daños a los bienes del asegurado por cualquier motivo mientras se encuentren en los locales tanto del banco mismo como en otros lugares. Cubre también pérdidas de bienes de los clientes del banco por cualquier motivo, mientras el cliente se encuentre dentro de los locales del banco con el propósito de realizar negocios.
Tránsito.- Cubre pérdida por cualquier motivo de la propiedad definida como tal, que esté en tránsito en cualquier lugar con un mensajero propio.
Cheques falsificados.- Cubre pérdida a raíz de falsificación o adulteración de cheques, giros y ciertos otros instrumentos de índole monetario. Valores y otros falsificados.- Cubre falsificación de valores, títulos o documentos similares.
Seguro de Calderas
El seguro de Calderas cubre: los daños que puedan sufrir tanto las propias calderas o recipiente de presión a consecuencia de su explosión o avería como otros bienes del asegurado que pudieran igualmente verse afectado, así como la responsabilidad civil ante terceros que pudiera derivarse de dichos accidentes.
Seguro de Casco Marítimos
Las embarcaciones se cubren básicamente por su pérdida total como consecuencia de hundimiento, naufragio, varadura, choque o incendio, así como la contribución a la avería gruesa, y se puede incluir los riesgos de guerra y huelgas, así como la responsabilidad civil por colisión con otra embarcación. Esta cobertura básica se puede ampliar a la de ``Libre de Avería Particular``, con ``Avería Particular`` y ``Todo Riesgo``, de acuerdo con las cláusulas del Instituto de Londres o las americanas.
Seguro de Caución
Llamado también seguro de fianza. Dos aplicaciones muy frecuentes de este tipo de seguro lo son la garantía de las fianzas que deben constituirse a favor de los organismos públicos para licitar y ejecutar obras públicas, y el afianzamiento de las cantidades anticipadas para la construcción de obras, mediante la cual la aseguradora indemnizará al asegurado ante la eventualidad que el tomador incumpla sus obligaciones legales y/o contractuales.
Seguro de Crédito a la Exportación
Cubre los créditos otorgados por instituciones financieras y bancarias para financiar las exportaciones, así como los otorgados por los exportadores por los riesgos comerciales y políticos.
Seguro de Desgravamen
Aquel en que el asegurador se compromete a pagar al acreedor beneficiario el saldo insoluto de la deuda indicada en el contrato que se encuentre pendiente a la muerte del deudor asegurado. También hay la posibilidad de contratar el seguro por el valor total de la deuda.
Seguro de Deshonestidad
El objeto de este seguro es amparar las pérdidas que se sufra la empresa como consecuencia de fraudes cometidos por sus empleados.
Seguro de Equipo Electrónico
Póliza diseñada especialmente para amparar las pérdidas o daños que se causen a los equipos eléctricos y/o electrónicos. Se incluyen daños causados por defectos de construcción o montaje, errores de manejo, cortocircuito, rotura por fuerza centrífuga y explosión entre otros.
Seguro de Incendio
Cubre los daños ocasionados directamente por incendio, terremoto, daño malicioso, vandalismo, terrorismo, huelga, conmoción civil, lluvia e inundación, impacto de vehículos y daño por agua entre otros.
Esta póliza tiene como base las declaraciones efectuadas por el asegurado, las cuales se consideran incorporadas en su totalidad a la póliza, junto con cualquier declaración adicional efectuada por el asegurado durante el proceso de apreciación del riesgo por parte de la compañía. El rubro de incendio es bastante amplio y cubre cualquier daño causado al patrimonio de la empresa. Para esto se contratan diferentes sublímites, los cuales tienen un costo adicional.
Seguro de Lucro Cesante
Cubre las perdidas por la interrupción del negocio como consecuencia de un evento amparado en una póliza relacionada.
Seguro de Ramos Técnicos
Llamados también Seguros de Ingeniería, son los siguientes:
Todo Riesgo para Contratistas (C.A.R.)
Todo Riesgo para Montaje y (E.A.R.)
Rotura de Maquinaria
Todo Riesgo Equipo de Contratistas (T.R.E.C.)
Todo Riesgo de Equipo Electrónico (T.R.E.E.)
Obras Civiles Terminales
Pérdida de Beneficios por Rotura de Maquinaria.
Seguro de Responsabilidad Civil
Aquel en que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado el daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas por las cuales él responda civilmente.
A continuación describimos las principales cláusulas de este ramo. Existen muchas más específicas que van de acuerdo al giro del negocio. Responsabilidad Civil Contractual:
Esta cobertura se extiende a cubrir la suma que el asegurado por motivo de haber asumido una responsabilidad por cualquier contrato o convenio sea obligado legalmente a pagar como indemnización por daños corporales a terceros y/o daños a la propiedad de los mismos.
Responsabilidad Civil Extracontractual:
Esta cobertura tiene un propósito eminentemente mercantil y se extiende a cubrir toda responsabilidad extracontractual en que pueda incurrir el asegurado frente a terceros, de acuerdo con los límites estipulados en el contrato, siempre y cuando el daño no provenga de los riesgos expresamente excluidos de la póliza en cuanto se encuentre vigente.
Responsabilidad Civil Patronal:
Cubre los reclamos que interpongan contra el asegurado cualquier miembro del personal del trabajo que figure en sus planillas, por lesiones personales sufridas como consecuencia directa e inmediata de los accidentes que ocurran en la explotación del negocio y que encontrándose amparados por la ley de Accidentes de Trabajo, pudieran motivar una reclamación adicional a las establecidas por la indicada Ley de Accidentes de Trabajo.
Responsabilidad Civil de Productos:
Cubre todos los reclamos que el asegurado tenga que pagar por Responsabilidad Civil Extracontractual como consecuencia de muerte, lesiones corporales o enfermedad de terceras personas y/o la pérdida o daño a la propiedad de las mismas por causa directa del uso o consumo, por tales terceros, de productos y/o mercaderías que sean fabricados, vendidos, reparados, acondicionados, modificados, manipulados, suministrados y distribuidos por el asegurado en la explotación normal de su negocio.
Responsabilidad Civil D&O:
Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus directores y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.
Responsabilidad Civil E&O:
Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus ejecutivos y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.
Seguro de Robo y/o Asalto
Cubre la pérdida, destrucción o deterioro de los bienes asegurados como consecuencia directa de, e imputables exclusivamente a, robo o intento de robo, así como por asalto usando violencia o amenaza de violencia.
Seguro de Rotura de Maquinaria
Protege a las empresas, frente a las perdidas ocurridas a su maquinaria. Cubre los daños ocurridos en forma accidental e imprevista, que hagan necesaria una reparación o reposición. Se incluyen daños causados por defectos de construcción o montaje, errores de manejo, cortocircuito, rotura por fuerza centrífuga y explosión entre otros.
Seguro de Salud o Asistencia Médica
El seguro cubre el riesgo de enfermedad o accidente del asegurado, proporcionándole servicios médicos y quirúrgicos, farmacéuticos e internamiento en clínicas o centros médicos, dentro de las especialidades y con límites que figuren en la póliza.
Seguro de Transporte
Aquel por el que una entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercaderías sea marítimo, aéreo o terrestre. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercaderías transportadas.
Seguro de Vida
Es aquel en que el asegurador paga una cantidad de dinero o capital previamente fijado en la póliza, dependiendo del fallecimiento o sobrevivencia del asegurado en una época determinada.
Seguro de Vida de Ley para Trabajadores D.L.688
Seguro obligatorio que cubre a los trabajadores con un capital indemnizable en caso de muerte natural o accidental, o invalidez total y permanente producido por accidente, de acuerdo con los límites y condiciones que fija la ley, y por cuenta del empleador. En caso de cese del trabajador, éste tiene el derecho de mantener el seguro en vigor, asumiendo el costo de la prima correspondiente.
Seguro Domiciliario
Seguro diseñado para Cubrir el contenido de la casa-habitación contra pérdidas o daños de los objetos asegurados, a consecuencia de: Robo con fractura y/o asalto - Robo de trabajadores del hogar - Incendio, rayo y explosión - Huracán, ventarrón, tempestad y granizo - Derrame de agua - Caída de aeronaves, artefactos aéreos y objetos que caen de ellos - Impacto de vehículos o ganado - Rotura de vidrios por Terremoto y Terrorismo.
Cubre también: Gastos de curación, por accidentes del trabajador del hogar al servicio del asegurado.
Responsabilidad civil del asegurado y sus familiares y otras personas que residan en el domicilio
Seguro Escolar
Se conoce con el nombre de seguro escolar a aquel que es ofrecido a los padres de familia en los centros educativos con el objeto de proteger a los alumnos contra el riesgo de accidentes y/o asegurar el pago de las pensiones estudiantiles en caso de fallecimiento del padre o apoderado.
Seguro Obligatorio de accidentes de tránsito - SOAT
Todos los vehículos automotores que transiten en el territorio peruano, deberá contratarlo, para amparar los gastos médicos necesarios para atender las lesiones que se causen a las personas en accidentes de tránsito ya sean peatones, pasajeros o conductores.
Seguro Prorrogado
Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas del seguro por un número menor de años, sin variar el capital asegurado.
Seguro Saldado
Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas y convertir el seguro en otro saldado o íntegramente pagado, pero por un capital reducido.
Seguro Todo Riesgo Contratista (CAR)
Ampara la obra en construcción, los materiales a emplear almacenados en la obra, la maquinaria y equipo de construcción contra Todo Riesgo Accidental y Responsabilidad Civil.
Seguro Todo Riesgo de Montaje (EAR)
Seguro de similares características al de Todo Riesgo Contratistas (CAR), aplicable a instalaciones o plantas industriales en su fase de instalación o montaje.
Seguro Todo Riesgo Equipo Contratista (TREC)
Para cubrir sólo la maquinaria y equipo de contratistas. Puede amparar los mismos riesgos del seguro de Todo Riesgo Contratistas (CAR).
Seguros Generales
Aquellos que se refieren a los riesgos de pérdida o deterioro que sufren las cosas o el patrimonio de una persona. Ejemplo: Seguro de Incendio o Seguro de automóviles.
Seguros Obligatorios
Son aquellos que son impuestos por el Estado.
Siniestralidad
En sentido amplio corresponde a la valoración conjunta de los siniestros producidos (pendientes y liquidados) con cargo a una entidad aseguradora. En sentido estricto, equivale a la proporción entre el importe total de los siniestros y las primas recaudadas por una entidad aseguradora.
Siniestro
Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera al asegurador la obligación de indemnizar, o el evento dañoso que produce los daños garantizados en la póliza hasta el límite del monto asegurado contratado.
Sobreprima o Extraprima
Recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados, por ejemplo por actividades peligrosas o deportes riesgosos.
Sobreseguro
Aquel en que la cantidad asegurada excede del valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. En este caso la aseguradora indemnizará hasta el valor comercial, salvo exprese lo contrario en las condiciones de la póliza.
Solicitud de Seguro
Es el instrumento donde se especifica al asegurador la naturaleza del riesgo, sus características, el importe que se desea asegurar, etc. A través de éste, el asegurador aceptará o rechazará el riesgo tras el estudio de dicha propuesta.
Subrogación
Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al asegurador hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador.
Suma Asegurada
Se llama así al máximo monto asignado u capital asignado, pagadero en caso de siniestro. Es un valor previamente estipulado en las condiciones de póliza.
Tercero
Toda persona que resulta afectada por acciones del asegurado que generan situaciones de responsabilidad.
Terminación del seguro
Se refiere al hecho que pone fin a la vigencia del contrato de seguro, ya sea por la llegada del plazo de duración pactado, por el no pago de primas o por la ocurrencia del siniestro.
Valor Comercial
Se entenderá por valor comercial del vehículo asegurado aquel que tenga, en plaza, uno de la misma marca, modelo, año y estado de conservación.
Valor de rescate
Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en el retiro del importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, la que queda rescindida. En general se puede hacer efectivo al término de tres años de vigencia ininterrumpida del seguro.
Valores Garantizados
Aplicable a los Seguros de Vida Individual que generan reservas matemáticas. Transcurrido periodo determinado, que generalmente es 3 años, desde la celebración del contrato y hallándose el Asegurado al día en el pago de las primas, podrá en cualquier momento exigir, un valor de rescate, un seguro saldado, un seguro prorrogado o pedir préstamos o avances, de acuerdo con el Cuadro de Valores Garantizados que debe formar parte de las condiciones de la póliza.
Vencimiento de la Póliza
Es la fecha pactada en el contrato para la finalización del mismo.
Vicio propio
Se da cuando se origina una perdida, destrucción o daño ocasionado por la propia naturaleza del bien asegurado. No es indemnizable el daño producido por vicio propio del bien asegurado.
Vigencia del Seguro
Es el plazo durante el cual el contrato está en vigor y el asegurado se encuentra cubierto.
